¡Colabora con nosotros!

¿DE QUÉ FORMA PODEMOS COLABORAR CON LA ASOCIACIÓN MURGI?

Existen diversas formas de apoyar nuestra iniciativa, que puede ser la vuestra para conseguir mejorar, normalizar y facilitar la vida de todas las personas con diversidad funcional.

Te mostramos diversas formas de colaborar con nuestra labor social ya sea como empresa, institución o persona física, y te informamos de los beneficios que conlleva hacer una donación a una asociación como la nuestra declarada de Utilidad Pública y acogida a la Ley 49/2002 de régimen fiscal de entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo:

  • Mediante una factura de publicidad, donde la deducción será tan solo en el momento de la presentación del modelo de IVA y por importe del 21% de la base imponible, y siempre y cuando sea persona jurídica.
  • Donaciones en metálico: aportaciones económicas que se destinan a apoyar un proyecto social concreto o a la asociación en su conjunto.
  • Donaciones en especie: son aquellas aportaciones no dinerarias consistentes en bienes o servicios, es decir, ayudas específicas a través de la donación de determinados artículos o productos.

BENEFICIOS QUE REPORTA HACER UNA DONACIÓN

Los beneficios que obtiene la persona o empresa que realiza una donación a una asociación declarada de Utilidad Pública son principalmente dos, beneficios sociales y económicos:

  • BENEFICIOS SOCIALES: además de cumplir con una labor social de ayuda y solidaridad con personas con diversidad funcional, dichos fondos se destinan a la consecución de programas y proyectos destinados a mejorar la vida de las personas con diversidad funcional, ya sea a través de nuestros centros de atención temprana o de día ocupacionales, como a través del empleo.

Así mismo, la empresa donante obtiene la distinción de imagen solidaria dentro de la sociedad y frente al resto de las empresas de ejemplaridad, dando a conocer la labor que se desarrolla en pro del colectivo de personas con diversidad funcional y colaborando en el desarrollo de igualdad de oportunidades, así como una publicidad permanente y una visibilidad continuada por todo el poniente de la provincia de Almería.

  • BENEFICIO ECONÓMICO: según la Reforma Fiscal (BOE del 28.11.15) qlas personas (tanto físicas como jurídicas) que colaboren con organizaciones sin ánimo de lucro sujetas a la ley declarada de Utilidad Pública, inscrita en el Registro correspondiente y con autoridad para emitir Certificados de Donaciones, como es la Asociación de Discapacitados Murgi recibirán los siguientes beneficios fiscales:

PERSONAS FÍSICAS:

La modificación del artículo 19 de la Ley 49/2002, que regula las deducciones de la cuota del IRPF, establece que las personas físicas pueden deducir las donaciones de la siguiente forma:

  • Hasta los 150 euros de donación, se deduce un 80% en 2023 y el resto en años sucesivos.
  • El resto de la donación a partir de los 150 euros, se deduce un 35% en la cuota íntegra del 2023 y años
  • En caso de donar a una misma entidad durante al menos tres años por un importe igual o superior, la deducción en el IRPF aumenta hasta un 40% en el 2023 y años sucesivos.

PERSONAS JURÍDICAS:

La Reforma Fiscal establece que las empresas podrán deducir en el Impuesto de Sociedades el 35% en el 2021 y años sucesivos de las donaciones a entidades sin ánimo de lucro.

En el caso de haber donado en los dos periodos impositivos anteriores un importe igual o superior al periodo impositivo anterior, entonces el porcentaje a deducir será el 40% en el 2021

Por ejemplo:

Para una donación media de 10.000€, y siempre y cuando no rebase el límite de deducción del 10% de la base liquidable en el Impuesto de Sociedades de 2021 se deducirán 3.500€, y la parte no deducida se arrastrará para años sucesivos hasta un límite de 10 años.

Desde la Asociación de Discapacitados Murgi queremos agradecer a todos los que ya colaboran con nosotros. Y animamos a aquellas personas, que aún no colaboran pero que están pensando en hacerlo con alguna entidad, a hacerse socio o realizarnos una donación.

La desgravación de la aportación económica en la declaración del IRPF o del Impuesto de Sociedades se realizará con el correspondiente Certificado de Donaciones que les hacemos llegar en el momento que se refleje en nuestras cuentas la cantidad donada y previamente nos lo comuniquen.

¡Colabora con nosotros para que nuestra obra sea la tuya, mil gracias!